miércoles, 17 de junio de 2009

derecho a una vida digna


derecho a una vida digna y decorosa



  • Toda persona tiene derecho a unos ingresos suficientes para que él o ella y sus familias puedan vivir con dignidad. Toda situación que haga de la existencia del individuo un sufrimiento es contraria al derecho constitucional fundamental a la vida, entendiéndolo -como el derecho a existir con dignidad-, por más que no suponga necesariamente el deceso de la persona y aún cuando no sea éste el caso, procede la intervención del juez de tutela para restablecer al titular en el goce pleno de su derecho, según las circunstancias del asunto puesto a su consideración.


  • Todos y cada uno de nosotros merecemos vivir en un ambiente familiar adecuado, ya que todo comienza con las relaciones familiares, claro que es importante tener una buena vivienda vivienda , pero si no hay armonia en el hogar esta no sirve de nada.


  • www.tusolucionlegal.com/DERECHOCONSTITUCIONAL/LOSDERECHOSFUNDAMENTALES

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